Colombia
¿Qué es el estado de conmoción interior, podría el Gobierno decretarlo solo para Catatumbo?
El Gobierno evalúa la medida ante la grave situación de violencia que se presenta en esta región del país, en donde los enfrentamientos entre el ELN y las disidencias dejan alrededor de 30 personas muertas.
Ante la grave situación de violencia que se está viviendo actualmente en la región del Catatumbo, por los enfrentamientos entre el ELN y las disidencias de las FARC, que han dejado alrededor de 30 muertos, el Gobierno estudia la posibilidad de declarar el estado de conmoción interior.
La decisión podría ser tomada en las próximas horas por el Presidente, con el propósito de que la Fuerza Pública tenga herramientas para enfrentar a los grupos ilegales que operan en la zona. En las últimas horas, llegaron al lugar alrededor de 300 uniformados para impedir que los enfrentamientos entre los dos grupos se sigan dando y afecten a la población civil.
¿Puede el Gobierno declarar este estado de excepción, que remplazó al antiguo estado de sitio, limitado a una sola porción del territorio nacional?
El estado de conmoción interior está contemplado en el artículo 213 de la Constitución Política de 1991, que dice: “En caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado, o la convivencia ciudadana, el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, podrá declarar el estado de conmoción interior, por término no mayor de 90 días, prorrogable hasta por dos períodos iguales, el segundo de los cuales requiere concepto previo y favorable del Senado de la República”.
Aunque el artículo 213 no establece textualmente que se pueda decretar o no el estado de conmoción interior para una región en particular, se ha interpretado que sí es posible, teniendo en cuenta que se trata de una medida proporcional, es decir, que se adopta solo en la medida en que es estrictamente necesaria para enfrentar la situación de alteración de la normalidad. Es decir, si la grave situación de violencia se presenta específicamente en el Catatumbo, no es necesario que las normas que se adoptan para controlarla se apliquen en el resto del país.
En todo caso, así el estado de conmoción interior se limita geográficamente, se siguen exigiendo los mismos requisitos y los mismos controles constitucionales: no puede durar más de 90 días, aunque puede ser prorrogado hasta por dos oportunidades; debe haber una revisión de constitucionalidad por parte de la Corte Constitucional y el Congreso debe pronunciarse sobre su aplicación.
*Con información de Colprensa.