Elecciones
Elecciones 2023: ¿En qué casos un jurado de votación puede no asistir sin ser sancionado?
Si es elegido como jurado y no presenta una excusa, lo multarán.
En Colombia es obligatorio presentarse como jurado de votación cuando lo pide la Registraduría. Esto debido a que la participación ciudadana es primordial para el éxito y transparencia de los comicios electorales.
Sin embargo, existen casos en el que la persona se puede negar a cumplir esta función sin tener que recibir una sanción económica. Esto debido a que la Registraduría ha establecido sanciones para los jurados de votación que no asisten a sus funciones sin una justa causa.
Se corre el riesgo de destituir al jurado de votación si es un servidor público. Se aplicará una multa que puede alcanzar hasta diez salarios mínimos legales vigentes.
Si aún no sabe si fue elegido como jurado, puede consultar de esta manera:
1. Ingrese a www.registraduria.gov.co o descargue la aplicación elecciones Colombia 2023 desde su dispositivo móvil.
2. Dé clic en la opción de Servicio a la ciudadanía y después en la parte de abajo se encuentra la opción de consulta de jurados de votación.
3. Digite su número de cédula.
4. Ahí le dará la información si fue seleccionado o no, en caso de ser afirmativo guarde la información sobre el puesto de votación asignado.
En Bogotá, las capacitaciones tendrán lugar en el Pabellón 1 de Corferias y en la Gran Carpa de Las Américas, en un horario continuo de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.
Finalmente, es importante tener en cuenta que los jurados elegibles para votar deben ser mayores de 18 años y menores de 60 años, así como funcionarios, empleados públicos y privados, estudiantes y miembros de partidos o movimientos políticos.
Por otra parte, existen ciertos casos de personas que no se verán obligadas a prestar este servicio como jurado.
De esta manera, el artículo 108 del Código Electoral establece “causales para la exoneración de sanciones” que se aplican a los ciudadanos que no pueden desempeñar su función como jurados de votación. Esto permite cierta flexibilidad en casos justificados que impidan su participación, como una enfermedad grave del jurado, cónyuge, padre, madre o hijo, o la muerte de alguna de estas personas ocurrida el día de las elecciones o dentro de los tres días antes de las elecciones.
“La enfermedad grave solo podrá acreditarse con la presentación de certificado médico, expedido bajo la gravedad del juramento; la muerte del familiar, con el certificado de defunción; la edad, con la presentación del documento de identidad; la no residencia, con la certificación de vecindad expedida por el alcalde o autoridad competente del lugar donde se reside; y la inscripción y voto, con el respectivo certificado de votación”, explica el artículo 108.
Más de 500 candidatos estarían inhabilitados en toda Colombia
La Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República informó este lunes que, de cara a las elecciones del próximo 29 de octubre, al menos 553 candidatos an alcaldías y concejos municipales estarían inhabilitados.
”Esta situación nos pone a pensar si hay una relación entre dichas contrataciones y las campañas políticas”, expresó el secretario de Transparencia, Andrés Idárraga.
El funcionario informó que solo puede reportar esta situación de acuerdo con su competencia y que es responsabilidad de las entidades competentes llevar a cabo las investigaciones y tomar decisiones correspondientes.
Los concejos municipales presentan el panorama más crítico, con 526 de sus candidatos en riesgo de inhabilidad, 769 contratos y un monto de $50.170.361.301.
Según la Secretaría de Transparencia, celebró cinco contratos con el Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación que suman más de 16 mil millones de pesos.
De hecho, su departamento, Antioquia, es el que tiene un mayor número de candidatos con riesgo de inhabilidad con 92. Le sigue Santander con 91, Cundinamarca con 50, Quindío con 36 y Valle del Cauca con 35.
Con información de Colprensa