Elecciones
Elecciones regionales Colombia: ¿Cómo y dónde consultar mi puesto y mesa de votación?
Desde la Registraduría brindaron información dónde puede encontrar esta solicitud.
Este 29 de octubre se estarán llevando a cabo las elecciones regionales, donde los colombianos podrán elegir a sus alcaldes, concejales, ediles y gobernadores.
Para que las personas puedan acceder a este derecho, deben tener inscrita la cédula en un lugar de votación de su preferencia, el que les quede más cerca o al que se puedan movilizar con facilidad. Hay que recordar que la ciudadanía tuvo plazo hasta el pasado 29 de agosto para hacer la inscripción del documento de identificación.
¿Cómo consultar el puesto de votación?
El paso a paso para consultar el lugar y mesa de votación es sencillo, una vez identificado el puesto, la persona podrá ejercer el derecho al voto, no solo en estas elecciones, sino en todas las siguientes.
Lo primero que se debe hacer es dirigirse a la página web oficial de la Registraduría, www.Registraduria.gov.co, luego se debe presionar el botón Servicios a la ciudadanía, lo que lo redireccionará a una nueva ventana en la que se encontrará varias opciones; se debe deslizar por la página hasta llegar a la opción Electoral, en que se encuentra la opción Consultar mi lugar de votación.
Posterior a esto, se diligencia el número de cédula sin espacios y sin puntos u otro signo de puntación; luego, se debe seleccionar el código Captcha, esto asegura que no es un robot; por último, se debe presionar donde dice Consultar y aparecerá el lugar donde votar, dirección y localidad.
Cabe mencionar que si la persona quiere realizar un cambio del lugar de votación, debe acercarse al puesto de votación donde desea votar y hacer la inscripción del documento, este procedimiento sólo se puede hacer de manera presencial y en los tiempos dichos.
Además, las personas pueden acercarse a la Registraduría de su localidad, presentar la cédula de ciudadanía y mediante una captura de su huella dactilar, realizar la inscripción de la cédula en el lugar de votación cercano de residencia.
Adicionalmente, las personas que cambiaron de lugar de residencia, ya sea de barrio, ciudad, departamento o país, deben inscribir la cédula; también lo deben hacer aquellos cuya cédula haya sido expedida antes de 1988, que no han inscrito el documento y nunca han votado en ninguna de las elecciones celebradas en los últimos 27 años.
¿Un extranjero residente en Colombia puede votar?
A través de la Ley 1070 de 2006, se establece que los extranjeros residentes en Colombia tienen el derecho de participar en las elecciones municipales y distritales, específicamente para la elección de alcaldes, concejales y miembros de las Juntas Administradoras Locales. Este proceso forma parte de la democracia del país y permite la integración de la comunidad internacional en la toma de decisiones a nivel local.
Asimismo, desde la Registraduría Nacional del Estado Civil detallan que los extranjeros que deseen ejercer este derecho deben cumplir con algunos requisitos, tales como:
- Tener visa de residente.
- Acreditar al menos cinco años continuos e ininterrumpidos de residencia en Colombia.
- Poseer cédula de extranjería de residente.
- Estar inscritos en el censo electoral.
- No estar sujetos a inhabilidades constitucionales y legales.
Sin embargo, el proceso de inscripción para participar en las elecciones municipales y distritales de 2023 se encontraba abierto hasta el pasado 29 de agosto de este año en curso, dos meses antes de las elecciones territoriales.
Los extranjeros interesados podían realizar este trámite en cualquier sede de la Registraduría a nivel nacional, de lunes a viernes, en el horario de 8:00 a. m. a 4:00 p. m., presentando el documento de la cédula de extranjería con categoría de residente.
Finalmente, si usted fue designado como jurado de votación y no asiste a su labor sin una justa causa, la Registraduría ha establecido sanciones. Si el jurado de votación es un servidor público, se arriesga a la destitución de su cargo. En el caso de que el jurado no sea un servidor público, se le impondrá una multa que podría alcanzar hasta diez (10) salarios mínimos legales vigentes.