Elecciones
“Seguimos enfocados en liderar de nuevo al Valle”: Dilian Francisca Toro tras validez de su candidatura a la Gobernación
La decisión tomada por los magistrados será revisada por segunda vez ya que los demandantes tienen ese derecho.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) realizó una audiencia este 19 de octubre para definir el futuro de varios aspirantes a los cargos públicos del próximo 29. Entre los fallos esperados se encontraba el de Dilian Francisca Toro, aspirante a la Gobernación del Valle del Cauca, decisión clave para el futuro de las elecciones. Durante la audiencia, la CNE reafirmó la candidatura de Toro, por lo que continuará en la contienda.
Este fallo se presentó después de que un ciudadano presentara una solicitud ante el Consejo Nacional Electoral, para revocar la candidatura de Dilian.
La abogada Carolina Gallo, una de las apoderadas de Dilian Francisca Toro en dicho proceso, dijo que el fallo del Consejo Nacional Electoral reafirma la legítima aspiración de la candidata a gobernar el departamento, al demostrar que sus actuaciones están en el marco de la ley.
“Las causales que aduce el solicitante para pedir la revocatoria de la inscripción de la candidata no son atendibles por la legislación electoral, toda vez que se fundan en supuestos de hecho subjetivos y apreciaciones ajenas a las competencias del CNE”, explicó la apoderada.
Sin riesgos, y convencidos del trabajo bien hecho, seguimos enfocados en nuestro propósito de liderar de nuevo al Valle del Cauca con Experiencia y Autoridad.
— Dilian Francisca T. (@DilianFrancisca) October 19, 2023
El 29 de octubre, junto a ustedes, empezaremos a construir el departamento que todos soñamos y merecemos. https://t.co/TW4gd0o9Vi
Urgente: Tulio Gómez se acaba de jugar su última carta por la Gobernación del Valle
Minutos después de conocido el fallo de tutela del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que negó las pretensiones del aspirante a la Gobernación del Valle, Tulio Gómez, El País conoció la impugnación que sería la última carta que tiene el empresario para continuar en la contienda electoral.
“Me permito INTERPONER IMPUGNACIÓN contra la sentencia de primera instancia del 18 de octubre de 2023, renunciando expresamente a término de ejecutoria, con MEDIDA PROVISIONAL de URGENCIA”, expresó el documento oficial, firmado por el abogado Jesús Marino Ospina.
Entre los argumentos expresados en dicho documento se resaltaron los siguientes aspectos:
El primer punto anota la “errónea interpretación”, pues -según la respuesta brindada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca- “… el elemento territorial de la inhabilidad se encuentra cumplido por cuanto la ejecución del contrato estaba llamado a realizarse en el Distrito de Cali, capital del departamento del Valle del Cauca.”.
Teniendo en cuenta que el Estadio Olímpico Pascual Guerrero es propiedad la Universidad del Valle, el Tribunal Administrativo resaltó: “Es un ente adscrito a la Gobernación del Valle del Cauca”. Por ello, se afirmó que el elemento territorial se cumplía, pues el artículo 111 de la Ley 2200 de 2022 menciona que las “inhabilidades descritas en el presente artículo se refieren al departamento como entidad pública y sus institutos o entidades descentralizadas”.
Sin embargo, como también lo señaló el abogado de Tulio Gómez, Néstor Acosta, en un comunicado, la Universidad del Valle es una entidad descentralizada en 1945, en su acto de creación y tiempo después, queda en claro, mediante la Constituyente del 91, en el artículo 113, que las universidades públicas son entidades autónomas e independientes del Ejecutivo.
“Esto quiere decir que la Universidad del Valle está totalmente separada de la Gobernación del Valle, por ello cualquier ciudadano interesado puede buscar en la página de internet de la Gobernación y no va a encontrar dentro de sus entidades descentralizadas a la UniValle porque la Constitución la sacó de ese régimen”, anotó el representante de Tulio Gómez.
Por ello, el documento oficial de la impugnación resalta: “La Universidad del Valle fue creada por la Ordenanza 12 de 1945, expedida por la Asamblea departamental del Valle y posteriormente modificada por la Ordenanza 10 de 1954 y en este último acto administrativo se determinó que sería una entidad adscrita al departamento del Valle (no a la Gobernación como erróneamente menciona el Tribunal de Cundinamarca, ya que la entidad territorial es el departamento)”.
Asimismo, se argumentó que las universidades oficiales que habían sido creadas antes de la expedición de la Ley 30 de 1992, debían organizarse como entes universitarios autónomos con régimen especial, es decir, como otros órganos autónomos e independientes de nivel nacional como la Procuraduría General de la Nación, las Corporaciones Autónomas Regionales, la Defensoría del Pueblo o el Consejo Nacional Electoral.
Al final, después de la respectiva revisión de la impugnación, entre las solicitudes se encuentra revocar la inscripción de la candidatura del ciudadano Tulio Alberto Gómez Giraldo, para la Gobernación del Valle del Cauca, postulado por la coalición denominada: “Coalición Valle 2.0″, la cual está integrada por la Agrupación Política En Marcha, el Partido Alianza Verde y el Partido Ecologista Colombiano, con ocasión de las elecciones del 29 de octubre del 2023.
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