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Elecciones, ley y democracia
En la democracia reglada no se puede elegir contra los procedimientos previstos, para sustituirlos por la voluntad popular.
No es de menor cuantía la polémica que ha desatado el grupo Fuerza Ciudadana en las elecciones del alcalde de Santa Marta, que al final resultó elegido Carlos Pinedo por una sentencia judicial que revocó una tutela que permitió la inscripción de Jorge Agudelo, una vez la hermana del actual alcalde, Patricia Caicedo perdió la posibilidad de ser candidata por una decisión del Consejo Nacional Electoral.
En Santa Marta, los seguidores de Fuerza Ciudadana se han amotinado y denuncian fraude por el pronunciamiento adverso de la justicia, que tumbó otro fallo de la justicia que permitió la participación de Agudelo como candidato por ser irregular. Aunque al asunto aún le falta un prolongado proceso de selección ante la Corte Constitucional, que puede terminar la polémica en cualquier sentido, lo que está de por medio es la incapacidad de una fuerza política, la de Agudelo, de aceptar las decisiones judiciales que son contrarias a sus intereses.
Agudelo se iba imponiendo por un margen ínfimo, unos 300 votos, de manera que presentar la cosa como fraude a la voluntad popular tiene de largo y de ancho cuando la elección fue tan cerrada. Cualquiera de los dos candidatos tiene en ese sentido legitimidad derivada de la voluntad popular.
Más complicado me parece el rechazo a un aspecto esencial de la democracia, que es su carácter reglado. En nuestro sistema no se trata solo de ir buscando el apoyo popular representado en votos, sino de hacerlo de una manera específica, ordenada y predecible conforme a unos procedimientos establecidos en varias normas. Eso es lo único que le da orden y algo de estabilidad al ejercicio del derecho a elegir y ser elegido.
Colombia viene buscando con dificultad que la participación política encuentre un equilibrio entre la representatividad de intereses diversos y el fortalecimiento de organizaciones políticas que sean representativas de una amplia base nacional o regional.
En esta conciliación es que se encuentran cosas como la posibilidad de ser postulado por “grupos significativos de ciudadanos”, las circunscripciones étnicas y del exterior, junto con el sistema de avales, la restricción de la doble militancia y la asignación de escaños por umbral y cifra repartidora.
Cuando hay una regulación tan alta de un aspecto de la vida nacional, es inevitable que en algún punto los protagonistas terminen siendo los jueces y los abogados, sobre todo en la fase de escrutinios. Un consenso mínimo debería ser que las decisiones que resultan de la regulación sean respetadas y no se invoque la ‘voluntad popular’ para crear un peligroso clima de confrontación en las calles.
En la democracia reglada no se puede elegir contra los procedimientos previstos, para sustituirlos por la voluntad popular. Darle alcance a la validez de la ley por lo que pase en las calles es una mala idea con la que se ha jugado repetidamente en Colombia.
No solo con el actual gobierno bastante dado a balconear para mandar mensajes sobre que si ciertas cosas no pasan como le parecen, acudirá al pueblo para que se movilice. Recordemos que una versión de eso fue la teoría del ‘Estado de opinión’ con que se jugó durante el segundo gobierno de Álvaro Uribe Vélez para presionar la reforma constitucional que habilitara su segunda reelección.
La ley no es para darle la razón específicamente a alguien, sino para lograr decisiones independientes de los directamente involucrados. A Fuerza Ciudadana lo único que le queda como organización política legal es aceptar el fallo. Porque la selección de la Corte Constitucional también puede serle adversa, no por corrupción, sino porque no tiene la razón.