ELECCIONES
Este sábado es clave en el calendario electoral, conozca por qué
Desde las cero horas comenzó a regir la Ley de Garantías en todo el país. Inician inscripciones para el Congreso. Pedagogía.
Este sábado 11 de noviembre es un día muy importante en el calendario electoral que terminará el próximo año con la escogencia de los nuevos integrantes del Congreso y de quien reemplazará a Juan Manuel Santos en la Presidencia de la República.
En primer lugar, desde las cero horas de hoy comenzó a regir la Ley 996 de 2005, que busca brindar garantías a todos los aspirantes y las campañas políticas, pero también es el día en el que arrancan las inscripciones para las personas que quieren ser elegidos en el 2018 para integrar la Cámara de Representantes y el Senado.
Ahora bien, la Ley de Garantías contempla dos tipos de prohibiciones: para los entes territoriales (alcaldías, gobernaciones y entidades vinculadas y adscritas), que no podrán realizar contratación directa ni celebrar convenios interadministrativos desde cuatro meses antes de los comicios parlamentarios.
La segunda fase está dirigida a todas las entidades públicas del orden municipal, regional y nacional, que no podrá celebrar ningún tipo de contratación directa entre el 27 de enero y el 27 de mayo -o hasta el 17 de junio si hay segunda vuelta para las presidenciales.
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Juan David Duque Botero, director General de la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente, explicó que en este último caso se aplica la Ley 80 de 1993.
Agregó que “los convenios y contratos que ya están firmados no tienen problema, pueden ser modificados en caso de requerirse. La prohibición es solamente a partir del sábado 11 de noviembre”.
Según él, los funcionarios que no cumplan estas disposiciones podrán ser investigados por la Procuraduría y se expondrán a sanciones que pueden llegar hasta la destitución de su cargo.
Hasta el próximo 11 de enero, los ciudadanos podrán inscribir su cédula en las distintas sedes de la Registraduría Nacional del país para participar en los comicios.
ABC de la ley
¿Qué elecciones se llevarán a cabo en el 2018 y cuándo tendrán lugar?
La de los miembros del Senado y la Cámara será el 11 de marzo de 2018, y la escogencia del Presidente y Vicepresidente el 27 de mayo de 2018.
Si ningún candidato presidencial obtiene la mitad más uno de los votos, se celebrará una nueva votación que tendrá lugar tres semanas más tarde, es decir, el 17 de junio, y en la que solo participarán los dos aspirantes que obtengan las más altas votaciones.
¿A partir de qué fecha empiezan a regir las restricciones para modificar la nómina estatal?
A nivel territorial las restricciones empiezan a regir desde hoy, de manera que gobernadores, alcaldes, secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas del orden Municipal, Departamental o Distrital no podrán vincular o desvincular personal. A nivel nacional, las restricciones empezarán el 27 de enero de 2018, es decir, que los nominadores de la Rama Ejecutiva en sus órdenes nacional y territorial no podrán vincular o desvincular personal o modificar la nómina desde ese día.
¿Cuáles son las restricciones en materia de contratación estatal en aplicación de la Ley 996 de 2005?
La primera es para celebrar convenios interadministrativos. La segunda es para celebrar contratos en la modalidad de contratación directa.
¿Qué implica la primera restricción que opera desde hoy?
La Ley de Garantías prohíbe a gobernadores, alcaldes, secretarios, gerentes y directores de Entidades Estatales del orden municipal, departamental y distrital celebrar convenios interadministrativos para ejecutar recursos públicos los cuatro meses anteriores a cualquier elección.
¿Y qué implica la restricción para celebrar contratos en la modalidad de contratación directa?
Se prohíbe a las entidades estatales celebrar contratos en la modalidad de contratación directa durante los cuatro meses anteriores a la elección presidencial y hasta la fecha en la cual el Presidente de la República sea elegido, es decir desde el 27 de enero.
¿A qué entidades aplica la restricción para celebrar contratos en la modalidad de contratación directa?
A todos los entes del Estado, de todas las Ramas del Poder Público pertenecientes al nivel nacional y territorial.
¿Existen excepciones frente a la restricción para celebrar contratos directamente?
Se exceptúa lo referente a la defensa y seguridad del Estado, los contratos de crédito público, los requeridos para cubrir las emergencias educativas, sanitarias y desastres, así como los utilizados para la reconstrucción de vías, puentes, carreteras, infraestructura energética y de comunicaciones, en caso de que hayan sido objeto de atentados, acciones terroristas, desastres naturales o casos de fuerza mayor, y los que deban realizar las entidades sanitarias y hospitalarias.
Adicionalmente, se exceptúan aquellos gastos inaplazables e imprescindibles que afecten el normal funcionamiento de la Administración.
¿Hasta cuándo?
El plazo para la inscripción de candidatos para las elecciones de Congreso cerrará en un mes, es decir, el 11 de diciembre.
El plazo para la modificación de candidatos por renuncia o no aceptación será el 18 de diciembre de 2017.
El 20 de diciembre la Registraduría publicará los candidatos a cargos y corporaciones públicas de elección popular, cuyas inscripciones hayan sido aceptadas.
Advertencia a inscritos
Los aspirantes a la Cámara y el Senado que se empezarán a inscribir desde hoy tienen que tener en cuenta que hay trece delitos electorales en los cuales se deben cuidar de incurrir.
Cinco de ellos son nuevos, como el de la elección ilícita de candidatos, según el cual “el que sea elegido para un cargo de elección popular habiéndose inscrito con una inhabilidad judicial, disciplinaria o fiscal incurre en un delito con una pena de prisión de cuatro a nueve años”.
La Fiscalía también ha llamado la atención de los candidatos al Congreso para que miren con precaución “que no haya inhabilidades de esta naturaleza”, porque “puede llegar a constituir un delito, de acuerdo con el nuevo tipo penal”.
“Si bien el sujeto activo calificado es el candidato que se inscribió y resultó elegido, puede haber una coautoría de quien otorga el aval desde un partido político o movimiento”, indicó el fiscal general Néstor Humberto Martínez.
Otra conducta penal es la de tráfico de votos, que es un delito de “mera conducta”, pues tan solo basta con que se ofrezca como “mercancía” los votos. Para el Fiscal, esta acción es frecuente en todas las elecciones y por incurrir en ella se puede enfrentar a una pena entre cuatro y nueve años de prisión.
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