Un total de 2.130.000 colombianos estarán a partir del 9 de agosto en la obligación de presentar declaración de renta y patrimonio por el año gravable 2016.
Así lo anunció la Dirección de Impuestos, Dian, al anunciar el calendario tributario que regirá este año. El último día para declarar, con base en el último dígito del NIT, será el 19 de octubre del 2016.
Tal número de contribuyentes, estima la Dian, pagará por concepto de renta la suma de $1,6 billones, una vez descontadas las retenciones en la fuente que les hayan practicado, los anticipos del impuesto pagados el año anterior y saldos a favor.
La declaración de renta se presentará bajo el procedimiento y contexto normativo definido por la Leyes 1607 de 2012 y 1739 de 2014, explicó Cecilia Rico, directora de ingresos de la Dian.
Montos para declarar
Estarán obligadas las personas naturales cuyo patrimonio bruto al 31 de diciembre del 2016 sea superior a $133.889.000.
También quienes tuvieron ingresos brutos iguales o superiores a $41.654.000, o los que registraron consumos en efectivo, con tarjetas de crédito, préstamos o por cualquier otro medio de pago de bienes como casas, apartamentos, lotes, vehículo u otros activos y/o consumos de bienes superiores a $ 83.308.000.
De igual manera, la obligación será para los ciudadanos que realizaron consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras superiores a $133.889.000 o que hayan sido responsables del IVA en el régimen común, al cierre del año gravable 2016, recordó Cecilia Rico.
Asimismo, se deben declarar las sucesiones ilíquidas (bienes, derechos y obligaciones que deja una persona natural al fallecer) y donaciones que cumplan con las condiciones mencionadas anteriormente. También las personas naturales no residentes, si la totalidad de sus ingresos no estuvieron sometidos a la retención en la fuente.
Tenga en cuenta
Los cambios al Impuesto de Renta Personas Naturales previstos por
la última Reforma Tributaria (Ley 1819 de 2016), aplicarán para la declaración año gravable 2017, que se presentará en 2018.
La Dian invitó a consultar los aspectos más relevantes para cumplir con la responsabilidad de declarar y pagar esta obligación en www.dian.gov.co, ingresando al enlace del micrositio:
http://http://www.dian.gov.co/micrositios/renta_gravable2016%20/index.html
En caso de tener inquietudes o dudas las personas deberán acercarse a los centros de atención de la Dian en cada ciudad.