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REFORMA TRIBUTARIA

Listo proyecto tributario, pero con 'tijeretazo' en el recaudo

Ponencia definitiva será radicada este jueves en el Congreso. El Gobierno obtendrá $7,5 billones y no los $14 billones que había previsto.

28 de noviembre de 2018 Por: Colprensa y Redacción de El País 

Luego de sufrir duros recortes y cuestionamientos respecto al proyecto original, la ponencia definitiva de la ley de financiamiento se radica finalmente este jueves en el Congreso de la República para iniciar su trámite en los próximos días.

La reforma —tras los ajustes hechos por los ponentes— solo proporcionará ingresos al Gobierno por $7,5 billones en el 2019. En principio se pensó que el proyecto tributario iba a suministrar $14 billones para tapar el ‘hueco’ fiscal.

Por esa circunstancia, la administración Duque deberá aplicar un fuerte recorte al gasto público el año próximo, lo que implicará menores recursos en inversión y programas sociales, los cuales serán sometidos a un congelamiento temporal, mientras se reordenan las finanzas. Ese ‘apretón’ inicial sería de $6,5 billones en diferentes rubros.

El senador y ponente del proyecto, Richard Aguilar, explicó que a pesar de que se realizó un arduo trabajo para buscar alternativas para conseguir los recursos faltantes no se logró llegar a consensos en varias propuestas, por lo que el proyecto solo recaudará cerca de la mitad de los recursos esperados.

Subrayó que “fue un proceso muy dispendioso y el proyecto arrancó con pie izquierdo cuando propusieron la extensión del IVA porque se perdió mucho tiempo en eliminar esa propuesta, pero en esto tenemos que resaltar la labor de todos los partidos y los congresistas que trabajaron para lograr una ponencia que no afectará la clase media y las personas menos favorecidas”,

¿Cómo quedó la ley?

El recaudo proyectado se obtendrá de la siguiente manera: renta a personas naturales, $1,9 billones; impuesto al patrimonio, $1,2 billones; IVA a toda la cadena de gaseosas y cervezas (plurifásico), $960.000 millones; gravamen a los dividendos, $821.000 millones; normalización de activos, $1 billón y el impoconsumo a la compraventa de vivienda de $918 millones en adelante aportará $1,1 billones.

La reforma igualmente incluirá una reducción en la tasa de renta a las empresas para llegar al 30% de forma gradual hasta el año 2021. Hoy, la tasa es del 33%.

Se incluye un nuevo régimen simple para facilitar formalización de los pequeños empresarios. Según el articulado, no serán responsables del IVA aquellos negocios que tengan ingresos anuales de $82,8 millones, es decir, $6,9 millones al mes. Bajo ese rango figuran tiendas de barrio, micromercados, peluquerías, bares, restaurantes, entre otros. Si se supera ese tope el establecimiento entrará a régimen común.

De acuerdo con el congresista, la propuesta de fijar una sobretasa de renta del 5% al sector financiero, que se había acordado el lunes pasado, ya no irá en el proyecto porque no tuvo el acompañamiento del Gobierno Nacional. Esa sobretasa iba a reportar $6,5 billones al fisco.

La iniciativa también estableció medidas para que las personas de ingresos superiores a $33 millones mensuales paguen más tributos. Y de acuerdo con el proyecto tendrán que declarar renta quienes devenguen salarios a partir de $2,9 millones al mes, unos $35 millones al año.

Bajo ese marco se intensificarán los programas contra la evasión y elusión de impuestos, pero no se incluyó lo relativo a penas de prisión para los evasores.

“No es un capricho”: Duque

Al reiterar la importancia de la ley de financiamiento para solventar programas sociales e impulsar la reactivación económica, el presidente Iván Duque indicó que “nosotros no estamos buscando $14 billones por capricho, sino que recibimos un presupuesto desfinanciado en $14 billones”.

Frente al proceso de esa ley en el Congreso, el Mandatario expresó su confianza en su trámite.

“Yo obviamente espero, en el diálogo constante con las bancadas y el Ministro (Alberto Carrasquilla), que podamos ir concluyendo este proyecto avanzando mañana en las discusiones en las comisiones conjuntas y que esto nos permita a nosotros llegar a finalizar el año con un mensaje muy claro para que haya más inversión en el país”, dijo el primer Mandatario.

“No voy a renunciar”

El ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, dijo que “el proyecto salió bien” luego de los ajustes hechos entre los ponentes y el equipo técnico de su cartera.

Durante una rueda de prensa para explicar los alcances de la iniciativa, que se radica este jueves, el funcionario respondió que no considera una derrota el retiro del artículo que gravaba con IVA a toda la canasta familiar, y que era el eje inicial de la reforma.

Anotó, asimismo, que el Gobierno no acompañó la propuesta de la sobretasa del 5% en renta al sector financiero por considerarla como inconveniente.

Sobre las críticas que le han hecho por su trabajo al frente del proyecto, el cual tuvo varios reveses, Carrasquilla contestó enfático: “No estoy pensando en renunciar”.

Sostuvo que su objetivo es que el proyecto sea aprobado por el Congreso ya que con el mismo se impulsará la reactivación económica, la inversión y el empleo.

El titular de esa cartera subrayó que los $6,5 billones que le faltarán a la ley de financiamiento corresponden al fortalecimiento del plan de austeridad que ya puso en marcha el Gobierno.

“Aquí lo importante es que quienes tengan más paguen más”, y señaló que en ese sentido el Gobierno está promoviendo así la equidad, la reducción de la evasión y la informalidad tributaria que existe en el país.

Algunos servicios que no tendrán IVA

El Artículo 476 de la iniciativa definió los servicios que quedarán excluidos del pago del IVA. Son los siguientes:

1.- Los servicios médicos, odontológicos, hospitalarios, clínicos y de laboratorio, para la salud humana. Se exceptúan de esta exclusión las cirugías estéticas y los tratamientos de belleza.

2.- Los planes obligatorios de salud del sistema de seguridad social en salud los servicios prestados por administradoras de riesgos laborales y los servicios de seguros y reaseguros para invalidez y sobrevivientes.

3.- Las comisiones por intermediación y venta de los planes de salud del sistema de seguridad social.

4.- Los servicios de educación prestados por establecimientos de educación preescolar, primaria, media e intermedia, superior y especial o no formal, reconocidos por el Gobierno.

5.- Los servicios de educación virtual para el desarrollo de contenidos digitales, de acuerdo con la reglamentación expedida por el Ministerio de Tecnologías de la información y las Comunicaciones, prestados en Colombia o en el exterior.

6.- Los servicios de conexión y acceso a internet de los usuarios residenciales de los estratos 1, 2 y 3. En el servicio telefónico local se excluyen del IVA los primeros 325 minutos mensuales en esos estratos.

7.- El servicio de transporte público, terrestre, fluvial y marítimo de personas en el territorio nacional, y el de transporte público o privado nacional e internacional de carga marítimo, fluvial, terrestre y aéreo. Igualmente, se excluye el transporte de gas e hidrocarburos.

8.- El transporte aéreo nacional de pasajeros con destino o procedencia de rutas nacionales donde no exista transporte terrestre organizado.

9.- Los servicios públicos de energía, agua, alcantarillado y gas natural por tubería y en cilindros.

10.- Los servicios de alimentación, contratados con recursos públicos y, destinados al sistema penitenciario, de asistencia social y de escuelas de educación pública, y a las Fuerzas Militares y Policía Nacional.

11.- El servicio de arrendamiento de inmuebles para vivienda y de espacios para exposiciones y muestras artesanales nacionales, incluidos los eventos artísticos y culturales.

12.- Los intereses y rendimientos financieros por operaciones de crédito, siempre que no formen parte de la base gravable señalada en el artículo 447, y el arrendamiento financiero (leasing).

13.- Los servicios de intermediación para el pago de incentivos o transferencias monetarias condicionadas a los participantes de los programas sociales de Familias en Acción.

12.- Las boletas de entrada a cine, a los eventos deportivos, culturales, incluidos los musicales y de recreación familiar, y los espectáculos de toros, hípicos y caninos.

13.- Los servicios funerarios, los de cremación, inhumación y exhumación de cadáveres, alquiler y mantenimiento de tumbas y mausoleos.

14.- Adquisición de licencias de software para el desarrollo comercial de contenidos digitales, de acuerdo con la reglamentación expedida por el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

15.- Suministro de páginas web, servidores (hosting), computación en la nube (cloud computing).

16.- Las comisiones pagadas por los servicios que se presten para el desarrollo de procesos de titularización de activos a través de universalidades y patrimonios autónomos.

17.- Las comisiones percibidas por las sociedades fiduciarias y comisionistas de bolsa por la administración de los fondos comunes.

18.- Los servicios de adecuación de tierras para la producción agropecuaria y pesquera. Se exoneran servicios de fumigación y limpieza de terrenos.

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