El pais
SUSCRÍBETE

Colombia

Consejo de Estado ordenó a Ecopetrol publicar sus contratos en un término de tres meses

Los documentos contractuales deben ser publicados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP II).

25 de febrero de 2025 Por: Redacción El País
Según la USO, si los niveles de producción de Ecopetrol caen, la empresa verá comprometida su viabilidad.
Este fue el fallo del Consejo de Estado. | Foto: Guillermo Torres

La sala de lo contencioso Administrativa del Consejo de Estado, sección quinta, ordenó a Ecopetrol cumplir con la obligación de publicar los documentos contractuales en el SECOP II en el término de tres meses, salvo aquellos que sean de reserva.

Esta situación se da debido a que en la actualidad la empresa no está publicando información acerca del proceso y las etapas de cada uno de sus contratos. De acuerdo con la Sala estas medidas son vitales para garantizar la eficiencia y transparencia de la compañía.

Esta práctica puede ser muy riesgosa para la máquina.
Los documentos deben estar cargados en el SECOP II para garantizar la transparencia. | Foto: Getty Images

Según se lee en la demanda interpuesta por la fundación para el Estado de Derecho “en ejercicio de la acción de cumplimiento prevista en el artículo 87 de la Constitución y desarrollada por la Ley 393 de 1997, la Fundación para el Estado de Derecho presentó demanda en contra de Ecopetrol S.A., con el fin de obtener el cumplimiento de lo previsto el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, adicionado por el artículo 53 de la Ley 2195 de 20221″, se aseguró en el documento.

Por lo anterior se resaltó que a pesar de que Ecopetrol como empresa estatal cuenta con un régimen de contratación especial, debe ceñirse a lo dispuesto por la Ley 1712 de 2014, cuyo objetivo es “regular el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho y las excepciones a la publicidad de información”, de acuerdo con el artículo 1 de la misma.

Milton Chaves y Luis Alberto Álvarez, presidente y vicepresidente del Consejo de Estado
El Consejo de Estado ordenó la publicación en tres meses. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA / SEMANA

Ante este caso la Sala anunció que revocará la sentencia de primera instancia proferida el 10 de diciembre de 2024 por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Primera - Subsección C, la cual negó las pretensiones de la demanda de la Fundación para el Estado de Estado.

Por estos hechos la Sala le ordenó a Ecopetrol que en el término de tres meses contados a partir de la notificación de esta sentencia, “dé cumplimiento al artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, adicionado por el artículo 53 de la Ley 2195 de 2022, salvo en los casos en los que se configure una causal de reserva”, se lee en el documento.

Firma de escrituras, imagen de referencia.
Los contratos y otros documentos contractuales deben ser publicados por las instituciones. | Foto: Getty Images

“En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley”, puntualizó la acción de cumplimiento, por lo que se espera que Ecopetrol inicie con la publicación de los documentos contractuales para garantizar la transparencia.

Regístrate gratis al boletín diario de noticias El País

Descarga la APP ElPaís.com.co:
Semana Noticias Google PlaySemana Noticias Apple Store

Te puede gustar

AHORA EN Colombia